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Millonario destruye dibujo de Frida Kahlo para convertirlo en NFT

Nuestra colaboradora en materia de Propiedad Intelectual nos explica cuáles son las implicaciones y consecuencias de tal barrabasada en el derecho de autor.

Por Gabriela Campos, 

Frida Kahlo es la artista más importante de América Latina y sus obras se encuentran entre las más caras y codiciadas del arte. Por lo tanto, no es de extrañar que la pintora mexicana se haya convertido en todo un icono pop.

Ahora bien, los avances de la tecnología que hemos vivido en las ultimas décadas ha hecho que las artes (y los artistas) encuentren nuevas formas de manifestación, una de estas nuevas formas son los Non Fungible Tokens (NFTs), los cuales se han convertido en grandes aliados de los artistas, porque les permite llegar a una gran audiencia, gracias a una inversión relativamente sencilla con la posibilidad de alcanzar grandes ganancias.

En este sentido, no iba a pasar mucho tiempo para que las obras de Frida Kahlo fueran vendidas como NFT. Pero el “debut” de la artista en este formato no ha sido como se esperaba, ya que se ha quemado una «supuesta» obra de la artista para poder comercializar los restos de la misma como NFTs. Esta acción atenta contra los derechos de autor de carácter moral y se constituyen en un delito contra una obra. Así que vamos conociendo los detalles de este caso, pero antes hay que conocer en qué consiste un NFT.

¿Qué es un NFT?

Un Non Fungible Token, también conocido como NFT, según la página web Economipedia, “es un archivo digital único en el mundo que tiene un único propietario y no puede ser duplicado, ni se puede dividir. Para poder realizar seguimiento y garantizar su exclusividad se utiliza una red blockchain”

Ahora bien, para hacer más sencillo y hacernos una idea de qué son los NFTs, hay que indicar que cualquier archivo en formato MP3 o JPG, gracias a la tecnología blockchain, puede ser convertido en un NFT, lo cual asegura a su titular ser el único propietario del archivo.

En el mundo de las artes, los NFTs se han convertido en una tendencia que parece no detenerse, ya que aseguran la autenticidad de una obra de arte y hacen que el artista pueda ganar dinero y mostrar sus obras de una forma relativamente rápida. Algunas piezas de arte en NFTs han alcanzado verdaderas fortunas, como la obra The First 5000 Days, la cual alcanzó una cifra de venta de 69 millones de dólares.

Las dos Fridas.
El NFT de Frida Kahlo

Como se mencionó en líneas anteriores, Frida Kahlo (1907-1954) es la artista latinoamericana más relevante. En sus autorretratos reflejaba dolor, pero al mismo tiempo representaba la cultura y colores mexicanos.

Su obra más famosa es “Las Dos Fridas”, la cual pintó en 1939 y que es propiedad del Instituto Nacional de Bellas Artes, que lo adquirió directamente de la pintora. La figura de Frida Kahlo ha inspirado films, programas de televisión y hasta la moda, para la que se ha convertido en todo un icono.

Ahora bien, era probable que surgieran NFTs dedicados a la artista mexicana, pero no un NFT de la siguiente manera.

El empresario mexicano Martín Mobarak, supuestamente adquirió en 2015 por un monto de 10 millones de dólares la obra “Fantasmones Siniestros”, la cual fue extraída del diario personal de Kahlo.

Mobarak decidió entrar en el mundo de los NFTs, creando la plataforma Frida.NFT. En este sentido, “tokenizó” la obra, básicamente la digitalizó, fraccionándola en 10 mil partes que fueron lanzadas a mercado como NFTs, garantizándole a su titular la autenticidad del archivo.

Pero, Mobarak decidió que la obra Fantasmones Siniestros “viva” en el ámbito digital, por lo que anunció que quemaría la obra inclusive transmitiendo el “histórico momento” vía streaming, lo cual se llevó a cabo en un acto en la ciudad de Miami.

Obviamente, este acto ha sido totalmente repudiado por el Instituto Nacional de Bellas Artes y Literatura de México, organismo cultural del gobierno mexicano que se encarga de la protección y difusión de las obras artísticas.

Este instituto inició una investigación contra Mobarak, ya que se duda que esa pieza sea auténtica, ya que se trata de un coleccionista poco conocido dentro del medio de las artes que se hizo con una obra relativamente rara de Frida Kahlo.

Posibles consecuenias

Sin duda el acto cometido por Mauricio Mobarak tiene consecuencias legales, pero hay que situarse en dos escenarios:

Si la obra es auténtica, se cometió un delito contra los derechos morales de autor, por cuanto esos son los que protegen la integridad de la autora y mensaje de la obra. Así que la destrucción de esta pieza se configura en una infracción a los derechos de autor, cuya sanción está prevista en las leyes de derecho de autor y en las normas civiles y procesales.

Si se trató de una obra falsificada, estaría incurriendo en un delito de falsificación, que está previsto en las normas de derecho de autor y penales de los países.

Para hacernos un idea de lo importante que son los derechos de autor de carácter patrimonial, en nuestra Ley sobre Derecho de Autor establece en su articulo 5 que lo derechos morales del autor son inalienables, inembargables, irrenunciables e imprescriptibles, o sea que el autor de una obra no pierde estos derechos y si un tercero modifica, mutila o destruye una obra está cometiendo una infracción y el titular o herederos pueden actuar ante los Tribunales.

Así, los actos de Mauricio Mobarak infringen los derechos de autor. Y aunque quiso llamar la atención con esos actos, la jugada no le salió como deseaba, ya que de los 10 mil NFTs solo ha vendido cuatro, recaudando solo 11 mil dólares de los 10 millones en los cuales la obra de Frida Kahlo está valuada.

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@igabcm

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